La profesión de investigador privado en Bilbao está regulada por la Ley de Seguridad Privada (LSP), que exige entre otras cosas garantizar la máxima confidencialidad. La nuestra es por lo tanto una profesión regulada por ley y ejercida por profesionales debidamente acreditados por el Ministerio del Interior, el encargado de expedir las tarjetas de identificación profesional que son imprescindibles para ejercer.
En nuestro país, la actividad profesional de los detectives privados está regulada en el Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada (LSP). Según el texto, el papel de los profesionales de Detectives Bilbao ha de ser el de “obtener y aportar información y pruebas sobre conductas o hechos privados”. Hablamos, como ya sabes, del ámbito laboral, económico, mercantil, financiero o personal. En virtud de lo contenido en esta ley, los detectives ejercemos nuestra labor profesional en un marco legalmente definido y lícito. Si solicitas nuestros servicios, es fundamental que tengas en cuenta que los informes que te vayamos a facilitar tienen que ser usados para fines legítimos para no incurrir en ningún tipo de delito relacionado con la responsabilidad civil que tienes que asumir en calidad de cliente.
En lo referente al tratamiento de los datos que recopila un investigador privado en Bilbao, hablamos de informes absolutamente confidenciales y que nunca pueden ser incluidos en bases de datos informáticas o documentales sin el consentimiento expreso del interesado. El contenido de los informes no puede cederse a terceros bajo ningún concepto. Estaríamos vulnerando la Ley Orgánica 15/199, de Protección de Datos Personales. Los posibles daños a los afectados podrían ser reclamados por la vía de responsabilidad civil. Ya ves que tanto la confidencialidad como la diligencia en el tratamiento de los asuntos e informaciones privadas forman parte ineludible de nuestro perfil profesional.